El Boletín de Noticias RED 6/2025 del 14 de abril trae consigo importantes modificaciones normativas y operativas que afectan directamente a la gestión laboral y de cotizaciones de las empresas. A continuación, se resumen los puntos más destacados que conviene tener en cuenta para asegurar el cumplimiento y la correcta adaptación de los sistemas internos.

 

1. Compatibilidad entre jubilación y trabajo

El RDL 11/2024 introduce mejoras en la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. A partir del 1 de abril de 2025, se modifican varios artículos de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS):

  • Se redefine el cálculo de la base reguladora de la incapacidad temporal para contratos a tiempo parcial y fijos discontinuos.

  • En el caso de la jubilación parcial en el sector manufacturero, se establece un escalado progresivo del porcentaje de cotización, que comienza en el 40% en 2025 y alcanza el 80% en 2029.

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2. Contratos formativos en alternancia: nueva fase de cotización

La adaptación a la disposición adicional 43ª de la LGSS finaliza su transición en junio de 2024 con la aplicación de la PEC/FC 59/059, que calcula la cuota fija y el exceso sobre la base mínima del grupo 7.

  • Fase I (desde febrero 2023): cotización fija.

  • Fase II (desde junio 2023): declaración de bases pero sin cambio de cálculo.

  • Fase III (desde junio 2024): cálculo total con regularización de excesos.

Las empresas deben regularizar antes del 30 de junio de 2025 las liquidaciones anteriores que hayan superado las bases mínimas establecidas.

 

3. Cambios en el servicio de anulación de liquidaciones

Desde ahora, el plazo límite para anular una liquidación será hasta las 23:59 horas del penúltimo día natural del mes de presentación.

 

4. Nuevo valor de inactividad “Z” para comunicar extinciones

Se habilita el valor Z para corregir bajas laborales inicialmente informadas como suspensivas, cuando en realidad la relación laboral ha finalizado. Esta funcionalidad estará disponible en modalidad online desde el 15 de abril de 2025 y tendrá plazos estrictos de comunicación y posible eliminación (10 y 3 días respectivamente).

 

5. Coeficiente reductor para bomberos forestales

La Ley 5/2024 reconoce el derecho a coeficientes reductores de la edad de jubilación para los bomberos forestales, con efectos desde el 10 de noviembre de 2024. Las empresas deberán identificar los CCC y trabajadores mediante el Sistema RED y tramitar las solicitudes por CASIA.

 

6. Corrección de error en la Orden PJC/178/2025

El BOE corrige el importe mínimo por hora trabajada que había sido fijado incorrectamente. El valor correcto desde el 1 de enero de 2025 es de 8,32 euros/hora, no 7,97 € como se publicó inicialmente.

 

7. Bonificaciones para entidades deportivas no profesionales

Ya están implantados los códigos identificativos necesarios para que las entidades deportivas sin ánimo de lucro puedan aplicar las bonificaciones previstas, según lo anunciado en el Boletín RED 4/2025.