RESUMEN AYUDAS PROGRAMA EMEGA – EMPRENDIMIENTO FEMENINO EN GALICIA – 2016
El programa de ayudas comprende diferentes líneas y ayudas complementarias:
- Línea Emprende
- Línea Innova
- Línea Activa
- Línea ITEF
- Concilia
- Dual
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación (01 de julio de 2016.)
PLAZO: 02 de julio de 2016 a 02 de agosto de 2016.
FORMA DE PRESENTACIÓN:
Preferiblemente vía electrónica, excepcionalmente en papel a través de los Registros de la Xunta. La documentación completaría podrá presentarse vía digital o en formato papel.
EMPRESAS EXCLUIDAS:
1. Sector de la pesca y acuicultura
2. Producción primaria de productos agrícolas (Anexo I)
3. Sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando:
3.1 Importe de la ayuda se determine en función del precio o cantidad de productos
3.2 Ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de esta se repercuta a los productos primarios.
4. Empresas con exportación a países terceros o Estados Miembro, cuando el importe de la ayuda se determine en función de la cantidad exportada, creación y funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos de explotación vinculados a la actividad de exportación.
5. Ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
BENEFICIARIAS:
Empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes Innova o Activa en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.
REQUISITOS COMUNES TODAS LAS LÍNEAS:
a) Empresa privada con la categoría de microempresa o empresapequeña .
Microempresa: Menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no supere los 2 millones de euros.
Pequeña: Menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual no exceda de los 10 millones de euros.
No para entidades sin ánimo de lucro ni públicas, salvo minoritarias.
b) Empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales y las cooperativas de trabajo asociado. Las de tipo societario: Administración por mujeres y Capital Social mayoritariamente por mujeres.
Excepcionalmente, en el caso de la línea ITEF, cualquiera que sea el tamaño de la empresa, se admitirá la participación de personas que colaboraron en el desarrollo del proyecto de investigación base de la iniciativa empresarial siempre que la mayoría del capital social sea titularidad de las mujeres emprendedoras y la administración de la empresa sea ejercida por mujeres.
c) Domicilio social, fiscal y establecimiento de producción o comercial, en Galicia.
d) Las promotoras de las empresas beneficiarias deben estar de alta la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional y estar vinculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional en ella.
e) Haber iniciado la actividad económica y la actividad laboral en los términos exigidos para cada tipo de ayuda..
f) La iniciativa o proyecto empresarial debe tener viabilidad técnica, económica y financiera, lo que deberá quedar reflejado en el plan de negocio
g) No encontrarse en ninguna de las circunstancias y prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
h) No haber percibido ayudas al amparo del programa Emega en los tres años anteriores a la fecha del inicio de la actividad económica en el caso de las líneas Emprende e ITEF. En el caso de las líneas Activa e Innova, en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes al amparo de esta convocatoria.
Necesidad de mantenimiento de los requisitos y de los puestos durante 2 AÑOS
INVERSIÓN INMOVILIZADO EN LAS LÍNEAS EMPRENDE, INNOVA, ACTIVA e ITEF:
Necesidad de Inversión Mínima en Inmovilizado material o intangible:
- LÍNEAS EMPREDE, INNOVA Y ACTIVA: mínimo 1.000€ (IVA EXCLUIDO)
- LÍNEA ITEF: Mínimo 3.000€ (IVA EXCLUIDO)
La inversión mínima tendrá que estar realizada y pagada, como máximo, en la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda. Este gasto tendrá que justificarse, según los conceptos y partidas que figuran en el plan de negocio empresarial, mediante facturas o documentos de valor equivalente en el tráfico mercantil y con eficacia administrativa.
Solo se admiten pagos bancarios
Las inversiones superiores al mínimo exigido se tendrán en cuenta en la valoración
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
- Anexo 1. Solicitud cumplimentada.
- Copia del DNI o NIE de la persona solicitante.
- Copia del NIF de la entidad, si aplica.
- Copia del documento de constitución de la comunidad de bienes, sociedad civil o sociedad mercantil.
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria relativa a la situación de alta en el impuesto de actividades económicas.
- Anexo 2. Relación de las promotoras y trabajadoras por cuenta ajena.
- Copia de los documentos de alta de las promotoras en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
- Informe de la vida laboral de las promotoras emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Para el caso de promotoras con una discapacidad igual o superior al 33%, certificación acreditativa de esta condición.
- LINEA INNOVA: memoria descriptiva de las funciones y tareas a desarrollar en cada uno de los nuevos puestos de trabajo para mujeres vinculadas al proyecto.
- LINEA ACTIVA: Informe de vida laboral de todos los códigos de cotización de la empresa.
- LINEA ITEF: breve currículo de las promotoras y de las personas trabajadoras por cuenta ajena, con titulación universitaria relacionada con el ámbito de la ciencia
- Plan de negocio empresarial.
- Anexo 3. Declaración y compromiso expreso de realización de una inversión en inmovilizado material o intangible superior al mínimo exigido.
- Ayuda complementaria Concilia-Promotoras: copia del libro de familia.
- Ayuda complementaria concilia-personas: copia del acuerdo o pacto de conciliación.
- En caso de sociedades civiles y comunidades de bienes: declaración de ayudas por cada una de las promotoras (anexo VI) y certificaciones de estar al corriente.
- Otra documentación pertinente.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
- Carácter innovador del proyecto empresarial (Emprende, Innova, Activa o ITEF)
- Localización de la actividad empresarial.
- Por la pertenencia a sectores económicos en los que, según los datos estadísticos oficiales, las mujeres estén infrarrepresentadas.
- Por el empleo femenino generado.
- Por la contribución a la integración laboral de mujeres con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33%.
- Por la realización de una inversión en inmovilizado material o intangible superior al mínimo exigido.
- Actividad empresarial dedicada a la prestación de servicios de conciliación.
EXPLICACIÓN DIFERENTES LÍNEAS DE AYUDA
1. EMPRENDE
Empresas de nueva creación constituidas por mujeres.
Requisitos específicos:
- Inicio de la actividad: 1 enero de 2015 y fin plazo solicitudes.
- Suponer la creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras.
- Promotoras al inicio de la actividad deben estar desempleadas. De ser varias, al menos el 50% de las promotoras desempleadas.
- Alta de las mismas en la Seguridad Social.
- No haber desarrollado actividad empresarial en los tres años inmediatamente anteriores al inicio de la nueva actividad.
Cuantía: desde 12.000€ a 22.000€.
- 12.000€ Empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
- 18.000€ Empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 20.000€ Empresas que creen tres puesto de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 22.000€ Empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
2. INNOVA
Empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de mejora.
Requisitos Específicos:
- Acreditarse la actividad empresarial de forma ininterrumpida entre 2 a 5 años.
- El proyecto ha de crear mínimo un puesto de trabajo para mujer, por mínimo 2 años. Las funciones deben estar vinculadas con el desarrollo del proyecto.
- Alta de la trabajadora.
- El proyecto de mejora ha de versar sobre:
- Aplicación nuevas fórmulas de producción o distribución.
- Desarrollo de tecnologías avanzadas.
- Diversificación de producción y/o ofertas de productos o servicios para la mejora de su calidad.
- Reformulación empresarial para la aportación al mercado de productos o servicios innovadores.
- Materializar el proyecto entre el 1 de enero de 2015 hasta fin plazo de justificación de la ayuda.
Cuantía: desde 15.000€ a 22.000€.
- 15.000€ Empresa que cree el puesto de trabajo obligatorio para una mujer.
- 18.000€ Empresa que cree, además del puesto de trabajo obligatorio, un puesto de trabajo adicional con contrato indefinido para otra mujer.
- 20.000€ Empresa que cree, además del puesto de trabajo obligatorio, dos puestos de trabajo adicionales indefinidos para mujeres.
- 22.000€ Empresa que cree, además del puesto de trabajo obligatorio, tres o más puestos de trabajo adicionales indefinidos para mujeres.
3. ACTIVA
Necesidad de presentar un proyecto de reactivación para el mantenimiento del empleo y para asegurar el necesario equilibrio empresarial.
Requisitos Específicos:
- Acreditarse mínimo 3 años de realización efectiva de la actividad empresarial en la misma actividad económica para la que se proyecta el plan de reactivación.
- El proyecto de reactivación y consolidación deberá recogerse en el plan de negocio empresarial y tiene que materializarse en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y, como máximo, hasta la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda.
- El plan de negocio empresarial deberá contener la definición del proyecto y deberá incluir unos determinados datos sobre la empresa y el proyecto.
- Mantener o incrementar el número de puestos de trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena preexistentes en la empresa.
- Alta de las trabajadoras en la Seguridad Social.
Cuantía: desde 6.000€ a 18.000€.
- 6.000€ empresa que mantenga el puesto de trabajo de la promotora.
- 12.000€ empresa con dos puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 15.000€ empresa con tres puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 18.000€ empresa con cuatro o más puesto de trabajo con contrato indefinido incluido el de la promotora.
4. ITEF
Para empresas de nueva creación con proyecto empresarial de carácter Innovador, sobre investigación y tecnología.
Requisitos Específicos:
- Inicio de la actividad: Entre 1 de enero de 2015 a fin plazo de solicitud.
- La actividad o proceso con carácter innovador, alto contenido científico o tecnológico, tener como objetivo principal la aplicación de desarrollos tecnológicos en el ámbito productivo. I+D+i
- Creación de los puestos de trabajo de todas las promotoras.
- Las promotoras antes del inicio de la actividad laboral deben estar desempleadas. De ser varias, al menos el 50% desempleadas.
- Alta de las promotoras en la Seguridad Social o mutualidad. Entre 1 de enero de 2015 a finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de creación de empleo para trabajadoras por cuenta ajena, se formalizarán hasta la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda.
- La promotora tiene que tener titulación universitaria relacionada con el ámbito de la ciencia, del conocimiento o de la tecnología. 1 titulado por cada cuatro puestos.
- No actividad empresarial en la misma actividad económica en los tres años inmediatamente anteriores.
Cuantía: Incentivos desde 18.000€ a 50.000€.
- 18.000€ empresa que cree puesto de trabajo de la promotora.
- 30.000€ empresa que cree dos puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 40.000€ empresa que cree tres puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
- 50.000€ empresa que cree cuatro o más puestos de trabajo para mujeres con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora.
5. CONCILIA
Complementario a Emprende, Innova, Activa e ITEF.
Finalidad: Favorecer conciliación personal, familiar y laboral, tanto a las promotoras como a las trabajadoras por cuenta ajena.
Modalidades:
- Concilia-Promotoras: 3.000€ por empresa, siempre que formen parte de ella alguna promotora con hijas o hijos menores de tres años.
- Concilia-trabajadoras: 1.000€ por persona trabajadora por cuenta ajena y un máximo de 5.000€ por empresa.
6. DUAL
Complementario a Emprende, Innova, Activa e ITEF.
Finalidad: Programa de tutorización para facilitar la implantación y consolidación de proyectos empresariales. Necesidad de realizar un máximo de cinco entrevistas para la orientación.
Cuantía:
500€ por empresa.
Enlace directo al pdf publicado por el DOGA con toda la información:
http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160701/AnuncioG0244-160616-0003_gl.pdf