El miércoles 31 de julio se alcanzó un acuerdo entre el Gobierno, los principales sindicatos y la patronal sobre las pensiones. El propósito es incentivar a los trabajadores a prolongar su vida laboral más allá de la edad de jubilación y hacer que la opción de retiro parcial sea más atractiva.

Para ello, se propone la jubilación activa, que permitirá a los trabajadores seguir en actividad después de cumplir la edad de jubilación, con la posibilidad de percibir un porcentaje o la totalidad de la pensión.

 

Jubilación demorada y activa

El acuerdo incluye una ampliación de los incentivos para postergar la jubilación, compatible con la jubilación activa, permitiendo trabajar después de la edad de retiro mientras se recibe una parte o la totalidad de la pensión. Actualmente, se permite cobrar solo el 50% de la pensión si se sigue trabajando después de un año de demora.

El primer año después de la edad de jubilación se mantiene sin recibir la pensión, pero los porcentajes de cobro aumentan con los años. El trabajador percibirá un 45% de la pensión en el primer año de retraso, un 55% en el segundo, un 65% en el tercero, un 80% en el cuarto y el 100% tras el quinto año.

 

Jubilación parcial

El acuerdo establece un nuevo marco para la jubilación parcial, extendiendo su vigencia en la industria manufacturera hasta 2029. Generalmente, los trabajadores podrán optar por la jubilación parcial mediante un contrato de relevo hasta tres años antes de la edad de jubilación ordinaria, mejorando el adelanto actual de dos años. La reducción de la jornada laboral durante el primer año se situará entre el 20% y el 33%, y aquellos que elijan la jubilación parcial podrán organizar su jornada laboral de acuerdo con lo pactado en su centro de trabajo. Además, el acuerdo prevé un incremento progresivo en las cotizaciones tanto de la empresa como del jubilado parcial, comenzando con un 40% en 2025 y aumentando anualmente hasta alcanzar el 80% en 2029.